lunes, 30 de agosto de 2010

LAS FUENTES DEL DERECHO

Se definen las fuentes del Derecho como los diversos procesos a través de los cuales se elaboran las normas jurídicas.

Estos procesos pueden comprender tanto las manifestaciones reales que dan origen a las normas jurídicas, por virtud de los distintos factores sociales, económicos, políticos, religiosos, etc., como las formas reguladas por el propio derecho para la creación sistemática y ordenada de las citadas normas, tal como ocurre respectivamente en el proceso legislativo, en la obra constante de la jurisprudencia y en la elaboración que se lleva a cabo por la costumbre jurídica.

En la terminología jurídica tiene la palabra fuente tres acepciones que es necesario distinguir con cuidado. Se habla en efecto, de fuentes formales, reales e históricas.

Por fuente formal entendemos los procesos de creación de las normas jurídicas.

Llamamos fuentes reales a los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas.

El término fuente histórica, por último aplícase a los documentos (inscripciones, papiros, libros, etc.), que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.

De acuerdo con la opinión generalizada, las fuentes formales del derecho son la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. La reunión de los elementos que integran los procesos legislativo, consuetudinario y jurisprudencial, condiciona la validez de las normas que los mismos procesos engendran.

La legislación.- En los países de derecho escrito, la legislación es la más rica e importante de las fuentes formales. Podríamos definirla como el proceso por el cual uno o vario órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de leyes.

En el moderno proceso legislativo existen seis diversas etapas, a saber: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.

Iniciativa.- Es el acto por el cual determinados órganos del Estado someten a la consideración del Congreso un proyecto de ley.

Discusión.- Es el acto por el cual las Cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si deben o no ser aprobadas. A la Cámara donde inicialmente se discute un proyecto de ley suele llamársele Cámara de origen; a la otra se le da el calificativo de revisora.

Aprobación.- Es el acto por el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley. La aprobación puede ser total o parcial.

Sanción.- Se da este nombre a la aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo. La sanción debe ser posterior a la aprobación del proyecto de las Cámaras.

El Presidente de la República puede negar su sanción a un proyecto ya admitido por el Congreso (Derecho de veto).

Publicación.- Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. La publicación se hace en el llamado Diario Oficial de la Federación. Además de éste, existen en México los Diarios o Gacetas Oficiales de los Estados. Publícanse en tales Diarios las leyes de carácter local.

Iniciación de la vigencia.- Existen dos sistemas de iniciación de la vigencia el sistema sucesivo y el sincrónico.

Sucesivo.- las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el periódico oficial. En los lugares distintos del en que se publique el periódico oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se consideren publicados y sean obligatorios se necesita además del plazo que se fija de tres días, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.

Sincrónico.- Es aquel conforme al cual la ley entra en vigor simultáneamente en todo el territorio en donde la ley ha de ser aplicada y precisamente en la fecha que se señala en el decreto que la promulga.

El lapso comprendido entre el momento de la publicación y aquel en que la norma entra en vigor, recibe el nombre de Vacatio Legis. Es un término racional para que se conozcan las normas y por tanto para que se cumplan.

Ahora bien, para que una norma o una ley en conjunto deje de ser derecho vigente, es indispensable que se extinga su vigencia. Las normas son abrogadas o derogadas. Estos términos expresan la idea de privar a la ley de su fuerza.

Abrogar significa quitar su fuerza a la ley en todas sus partes.

Derogar quiere decir abolir la ley sólo en alguno de sus preceptos.

La abrogación como la derogación pueden ser expresas o tácitas. Expresas cuando en la nueva ley se declara que la antigua queda privada de su fuerza obligatoria, y tácita cuando la ley contiene preceptos contradictorios respecto de la anterior o bien indica, por su materia, que sustituye a la antigua.

La Costumbre como fuente de derecho.- Es un uso implantado en una colectividad y considerado por ésta como jurídicamente obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente. Posee dos características: 1.- Está integrado por un conjunto de reglas sociales derivadas de un uso más o menos largo; y 2.- Tales reglas transformánse en derecho positivo cuando las individuos que las practican les reconocen obligatoriedad, cual si se tratase de una ley.

Jurisprudencia.- Es el conjunto de principios y doctrinas contenidos en las decisiones de los tribunales y que son pronunciadas en forma reiterada y constante y en sentido uniforme.

8 comentarios:

  1. Hoy en día para la creación y aplicación de una norma es mucho mas complejo como años atrás ya que tiene que pasar la discusión y la aceptación de la legislación y entonces podrá ser elaborada para establecer una sanción, en pocas palabras el proceso de aprobación y aplicación de la norma para quien esta dirigido o si realmente es conveniente esa norma.

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  2. Las fuentes de derecho son todos aquellos términos que se utilizan en el derecho vigente en un espacio y momento determinado, esto es, son los "espacios" a los cuales se debe acudir para establecer el derecho que se aplica a una situación jurídica especifica. a mi parecer son aspectos fundamentales y de gran importancia para el derecho ya que ayudan a realizar su fin en cuanto a derecho se este hablando.

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  3. Las fuentes del derecho en si son todos aquellos procesos que lleva una norma para ser realizada ya que para poder crear una ley se tienen q determinar diversos factores como en que se basa una persona para decir que se necesita una nueva ley o como decía en articulo debe de tener una iniciativa algo que haya causado el debate para crear esa ley después sigue la discusión que se hace para poder determinar si la ley se puede o no crear, una vez que se haya decidido si la ley se aprueba se publica en el diario oficial dando a conocer la nueva ley y a las personas que deben cumplirla. Todo este proceso lleva el nombre de fuentes de derecho y es importante para nosotros conocer cómo funciona.

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  4. es importante conocer los 6 pasos a seguir en el proceso de una ley, ya que de esa manera podemos conocer mas a detalle como y en que se basan para realizar leyes que nos rijan de manera que podamos vivir de una mejor manera.

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  5. en esta fuente se divide en 6 procesos para crear una ley.
    estas manifestaciones dan por virtud de los distintos factores: sociales, económicos, políticos, religiosos, etc.
    pasa la discusión y la aceptación de la legislación, se elabora y se crea una sancion.

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  6. las fuentes del derecho son una serie de procesos que nos sirven para poder crear una ley, mediante ese proceso nosotros podemos conocer con detalle como se realizan las leyes y cuales son los factores que influyen para su creación.

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  7. Al conjunto de procesos que nos sirven para crear una ley, le llamamos fuentes del derecho, mediante este proceso, nosotros podemos observar detalladamente como es la realizacion de las leyes y cuales son los factores influyentes en la creacion de estas mismas. Este proceso se divide de diversas maneras, tales como la sociedad, factor economico, politico, religioso, cultural, entre otras.

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