domingo, 22 de agosto de 2010

NORMA JURIDICA MORAL, RELIGIOSA, TRATO SOCIAL

Las normas morales y religiosas son heteronónomas, porque son creadas por la sociedad (normas de la moda, de la etiqueta, de la cortesía). También la religión es un sistema normativo heterónomo. Cualquier tipo de religión parte de la base de que sus normas no son creadas por el creyente sino elaboradas por una institución distinta.

En las normas morales encontramos autonomía en su sistema. Para que un deber gravite como tal, concreta y singularmente sobre un cierto individuo, precisa que éste tenga la conciencia de dicha obligación. De aquí se puede afirmar que toda moral es necesariamente autónoma; esto es, que no crea obligaciones si no ha sido interiorizada en el sujeto, si éste no la ve como necesariamente fundada y justificada.

Hemos dicho que las normas jurídicas son bilaterales. En cambio los convencionalismos sociales, las normas morales y las normas religiosas son unilaterales. Es decir que frente al sujeto a quien obliga una norma, no hay otra persona autorizada para exigir de aquél el cumplimiento de sus deberes. En cambio, frente al sujeto jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona facultada por la norma para reclamarle la obediencia de lo prescrito.

En el derecho se habla que hay interioridad cuando en un sistema normativo se requiere, para que el acto de conducta tenga valor desde el punto de vista del sistema a que pertenezca, que se realice no sólo conforme al deber sino por el deber mismo, por convicción, decimos que hay interioridad. La interioridad caracteriza a la moral y a la religión. En la moral y en la religión nuestro acto deja de tener valor si cumplimos el deber simplemente por guardar ciertas reglas externas o por razones de conveniencia.

Las normas morales, las normas del trato externo o convencionalismos sociales y las normas religiosas no son coercibles, estas normas son incoercibles porque no se puede obligar a su cumplimiento por medio de la fuerza. No se puede obligar al cumplimiento forzado de las normas morales, convencionales y religiosas.

17 comentarios:

  1. Me parece interesante el conocer como muchas de las normas que rigen nuestra convivencia no están básicamente escritas como es el caso de las normas morales, pero de ante mano como parte de una sociedad, son muy importantes de conocer y ejercer, y es causa de rechazo el que no se cumplan. Existe una gran libertad de creencia con respeto a estos tipos de normas pero para muchas sociedades son de vital importancia tal y como las jurídicas. Es libertad de la persona ejercen estas normas o no, ya que no hay algún organismo o persona que obligue a que se haga tal el caso de Poder Judicial.

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  2. Es importante para nosotros conocer los tipos de normas juridicas para asi poder respetar el derecho de los demas tanto moral, religioso como el trato moral. y menciono que es importante por que como licenciado en gestion de empresas turisticas y como tendremos trato directo con la gente no podemos quebrantar ninguna ley que haga que abusemos de su derecho.

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  3. Lo que en si describe es que las normas morales y religiosas a pesar de que tienen la misma característica y función dentro de la sociedad son, en términos, simples mas liberales es decir no hay ninguna necesidad u obligación de cumplirlas si nosotros no nos parecen, en si tienen similitudes con las jurídicas ya que son escritas por una organización que busca controlar o mantener el orden dentro de la misma.
    En pocas palabras las normas morales y religiosas tienen la facultad de ser cumplidas o no por la sociedad todo depende de la persona y su ideología

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  4. Las normas morales o las religiosas son normas que rigen a la sociedad y segun su conviccion seran cumplidas o no. Al contrario las normas juridicas tienen un organo que hace que estas se cumplan y si no es asi exista un castigo, en cambio con las otras este castigo es supuesto al individuo como en las religiones el castigo divino o en las morales podria ser la burla o el rechazo de la sociedad pero muchas veces estos "castigos" no se llevan a cabo o segun la idea del individuo no ocurriran. En cambio con las juridicas si habra el cumplimiento de este y se sometera a todos por igual. Entonces se puede decir que las normas morales o religiosas pueden o no ejercese y las juridicas no tienen esa flexibilidad en su funcionamiento.

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  5. la diferencia entres las normas morales y religiosas, y las juridicas, radica en que aunque las tres estan hechas para una convivnecia social sana, las morales depende solo de la cultura de la saciedad, de la libertad de expresion y de clerigo que cada persona profese; en cambio las juridicas estan hechas para todo el pueblo, sin importar raza, religion, color, sexo, etcetera y solo las juridicas reciben obligatoriamente una justicia social ante el delito o violacion de éstas.

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  6. Creo que est grupo se podria llamadar "Gropas No Juridicas" ya que no tienen nada que ver con la ley en realidad. Son normas impuestas por la sociedad o autoimpuestas segun los valores de cada persona, en estos casos es muy subjetivo el decir qué esta bien o qué esta mal.

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  7. las normas morales o religiosas claramente como su nombre lo dicen son implementadas por la religion o por la sociedad con un fin parecido a las juridicas (hacer que haya armonia,respeto, libertad, etc) dentro de la sociedad, mas sin embargo las juridicas al ser quebrantadas obtenemos una sancion o castigo, los cuales son un poco mas severos que los catigos divinos o morales.

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  8. como podemos apreciar las normas morales y regligiosas son normas impuestas por la sociedad, que mas que nada depende de cada individuo si desea realizarlas o llevarlas a cabo, ya que al tienen una "condena" si no las realizan; en cambio las normas juridicas al no ser llevadas a cabo de manera correcta existe la posiblidad de tener una sancion o castigo, puesto que se podria decir que son mas de tipo obligatorias que las morales. Sin embargo ambas estan entrelazadas, pues si queremos que una sociedad resulte es necesario llevar a cabo ambas leyes; nosotros al ser lic. en turismo nos corresponde seguir al pie de la letra dichas leyes ya que al no cumplirlas podemos incomodar al turista, en todos los ambientos, propiciando su desagrado.

    Monica5511

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  9. En cuanto a los aspectos morales, religiosas y trato social se imponen leyes por lo cual se le denomina que son leyere heterónomas pues estan impuestas por los miembros que conforman las sociedad y a diferencia de las leyes que rigen nuestro estado o país, estas leyen tienen la caracteristica de no ser coercibles ya que no se nos obliga a cumplirlas mediante la fuerza pues cada quien tiene el derecho de elegir si seguirlas según su criterio ya que cada quien tiene la capacidad de saber que esta bien y que no.

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  10. Todas las normas estan hechas a como mencione anteriormente para una convivencia social, como seres humanos y sobre todo como gestores de empresas turisticas, tenemos la responsabilidad de llevar a cabo el valor del respeto a nuestros clientes, ya que conviviremos con diversas personas que tienen culturas, religiones, costumbres diferentes a nosotros, con normas que se rigen de acuerdo a su lugar de origen, pero sobre todo, poner en practica el respeto a las normas que se rigen en nuestra sociedad mexicana.

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  11. Las normas morales y religiosas son las mismas que nosotros hemos impuesto ante la sociedad como parte de esta, a mi punto de vista es el reflejo de nuestros valores y principios que se nos han inculcado o al igual que hemos aprendido durante lo que llevamos de vida y las experiencias que hemos obtenido de ella.

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  12. las normas morales al igual que las religiosas son creadas por nosotros mismos, sin embargo no estamos obligados a cumplirlas. Las normas juridicas son una regla u ordenación tiene por objeto regular las relaciones sociales, o la conducta del hombre que vive en sociedad en esta norma existe la posiblidad legitima de recurrir al uso de la fuerza socialmente organizada en caso de su incumplimiento, busca cumplir con las finalidades concretas del ordenamiento juridico, la paz, el orden y la seguridad.

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  13. Aprendí de este gran tema que tanto las normas morales como las normas religiosas son heterónomas ya que son expuestas por otra personas que no somos nosotros mismo pero que sin embargo también son unilaterales y coercibles ya que no poseen una castigo penal por así decirlo al no cumplir ciertos actos o conductas dentro de las normas morales y las religiosas ni tampoco se obliga al cumplimiento de ciertas normas o etiquetas morales que se pone la sociedad en general y hablando de la religión cada persona es libre de hacer lo que quiera y ya va dentro de las convenciones de las personas adaptarse a un lineamiento invisible por así decirlo que esta estipulado por alguien especifico.

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  14. Existen normas las cuales son creadas por organismos, o personas ajenas a aquel individuo al cual le es expuesta la misma norma y que esta obligado a someterse a ella. de la misma forma también existen aquellas normas que no obligan al individuo a realizarla ya que este es un ser autónomo y tiene por propia voluntad la deliberación de seguir dicha regla o no. por consiguiente hay normas que no necesariamente están plasmadas o escritas si no que simplemente son consuetudinarias es decir se dan por la costumbre.

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  15. Creo que las normas juridicas, morales y religiosas han sido creadas para regir la convivencia en sociedad, asi como todas las normas. Las normas juridicas son bilateralas como lo menciona, porque hay una parte acusada y otra acusadora, en esta si hay una sancion para la persona que incurra en ello.
    En cambio las normas religiosas y juridicas solo quedan en nuestra conciencia y no tienen como que un castigo, tal vez solo la sociedad nos pude señalar pero no imponer una sancion. Creo que esa es la principal diferencia entre las juridicas y las religiosas y morales.

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  16. las normas morales y religiosas estas hechas por nosotros mismos. estas no tienen un castigo legal sino que la cometer una falta de este tipo corresponde un castigo social como por ejemplo el rechazo.
    estas normas estan creadas por nuestros valores y pricipios.

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  17. todos estas normas no tienen una sancion como las normas juridicas.

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