domingo, 24 de octubre de 2010

CONTRATOS

Haremos dos clasificaciones, una que se refiere a los contratos considerados en sí mismos y en sus relaciones con otros contratos y una segunda clasificación, tomando en cuenta el propósito o finalidad que las partes proponen al realizar el contrato.
Dentro de la primera clasificación distinguimos:
a)      Contratos unilaterales y bilaterales.- Es unilateral cuando el acuerdo de voluntades engendra sólo obligaciones para una parte y derechos para la otra. Es bilateral  el que da nacimiento a derechos y obligaciones en ambas partes.
b)      Contratos onerosos y gratuitos.- Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos; y gratuito aquel en que el provecho es solamente de una de las partes.
c)       Contratos conmutativos y aleatorios.- Es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la pérdida que les cause éste. Es aleatorio, cuando la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o la pérdida sino hasta que el acontecimiento se realice.
d)      Contratos reales y consensuales.- Son contratos reales en oposición a consensuales, aquellos que se constituyen por la entrega de la cosa. Son consensuales en oposición a los reales cuando no se necesita la entrega de la cosa para la constitución de los mismos.
e)      Formales y consensuales.- Los contratos formales son los que de acuerdo con la ley requieren de una forma escrita, pública o privada para la validez de los mismos. Es consensual en oposición a formal cuando existe por la simple manifestación verbal o tácita del consentimiento; es decir, basta que exista el consentimiento, el acuerdo de voluntades para que el contrato se perfecciones y produzca todos sus efectos.
f)       Contratos solemnes.- Son aquellos que para su existencia, requieren cierta solemnidad.
g)      Contratos principales y accesorios.- Los principales son aquellos que existen por sí mismos, tienen existencia propia, no dependen de ningún otro contrato. Los accesorios son aquellos que dependen de un contrato principal, no tienen una existencia propia.
h)      Instantáneos y de tracto sucesivo.- Son instantáneos los que se cumplen en el mismo momento en que se celebran, producen sus efectos en un solo acto. Son de tracto sucesivo aquellos en lo que el cumplimiento de las prestaciones se realizan en un periodo determinado.
i)        Contratos nominados e innominados.- El nominado es aquel que ha sido objeto de una reglamentación legal. El innominado es el que carece de reglamentación legal.
j)        Contratos por adhesión o de adhesión.- Es aquel cuyas cláusulas redactadas por una de las partes, no dejan a la otra más posibilidad que la de suscribirlas íntegramente, sin modificación alguna.
k)      Contratos preparatorios y contratos definitivos.- Los contratos preparatorios, son preliminares, antecedentes de otro contrato, el definitivo.
l)        Contratos mixtos o complejos.- Es aquel en el que se hacen caber prestaciones que corresponden a diversos contratos; es un solo contrato pero engloba, produce o engendra prestaciones que corresponde a diversos tipos de contrato en particular.
Dentro de la segunda clasificación y de acuerdo a nuestro Código Civil podemos distinguir:
a)      Contratos preparatorios: La promesa de contrato
b)      Contratos traslativos de dominio: Compraventa, permuta, donación y mutuo.
c)       Traslativos de uso: Arrendamiento (transferencia onerosa del uso). Comodato (Uso gratuito).
d)      Contratos de finalidad común: Sociedad (Finalidad económica). Asociación (Finalidad científica, artística, etc.).
e)      Contratos de prestación de servicios: Prestación de servicios profesionales o no profesionales, depósito, secuestro, mandato, transportes, hospedaje.
f)       De comprobación jurídica: Transacción.
g)      Contratos de garantía: Fianza, prenda e hipoteca.
h)      Contratos aleatorios: El juego, la apuesta, la renta vitalicia y la compra de esperanza.

8 comentarios:

  1. Los contratos son un elemento importante del derecho civil, nos permite regular ciertas acciones que realizamos en nuestra vida diaria como el consumo y venta, asi como otras actividades como pueden ser propiedades, permisos etc, por medio de los contratos podemos hacer formal dichas actividades, regulamos los beneficios y obligaciones y nos ayuda a evitarnos una infinidad de problemas.

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  2. Que un contrato es una relación que existe entre 2 o mas personas, que estos se clasifican en 2 de acuerdo a su propósito o finalidad y de acuerdo a su relación con otros contratos.
    Con respecto a su relación con otros contratos son: Contratos unilaterales y bilaterales: es unilateral cuando el acuerdo de voluntades engendra sólo obligaciones para una parte y derechos para la otra. Es bilateral el que da nacimiento a derechos y obligaciones en ambas partes; Contratos onerosos y gratuitos.- Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos; y gratuito aquel en que el provecho es solamente de una de las partes; Contratos solemnes.- Son aquellos que para su existencia, requieren cierta solemnidad.
    De acuerdo a su propósito: Contratos preparatorios, traslativos de dominio: Compraventa, permuta, donación y mutuo; Traslativos de uso: Arrendamiento (transferencia onerosa del uso). Comodato (Uso gratuito); de prestación de servicios: Prestación de servicios profesionales o no profesionales, depósito, secuestro, mandato, transportes, hospedaje, entre otros.

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  3. un contrato es un trato o compriomiso de relaciones entre 2 o mas personas. de acuerdo a los comtratos tiene su finalidad y objetivo.
    y podemos clasificarlos los contratos de acuerdo a la finalidad y objetivo que quieran las personas.

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  4. Por ser seres humanos y sociales dentro dl derecho civil entra lo que son los contratos ya que tenemos la necesidad de requerir nuevos productos, servicios o simplemente en nuestra vida normal para nuestra existencia propia es por eso que tenemos la necesidad de un contrato, cual sea que sea la clasificacion del contrato todos los seres humanos estamos en alguna ocasion sujeto algun tipo de contrato. Ya que definiendo un contrato es la relacion que existe entre dos persona.

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  5. Los contratos tienen dos clasificaciones, una en donde se consideran de acuerdo a sus relaciones con otros contratos y la otra tomando en cuenta su propósito o finalidad que las partes proponen al realizar el contrato. En la primera están: contratos unilaterales y bilaterales, onerosos y gratuitos, conmutativos y aleatorios, reales y consensuales, formales y consensuales, solemnes, principales y accesorios, instantáneos y sucesivo, nominados e innominados, por adhesión o de adhesión, preparatorios y definitivos, mixtos o complejos. En la segunda clasificación están: preparatorios, traslativos de dominio, de uso, de finalidad común, de prestación se servicios, de comprobación jurídica, de garantía y aleatorios.

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  6. Al definir contrato es el trato o acuerdo entre dos partes o más para un beneficio reciproco, y como seres humanos siempre estaremos expuestos a realizar contratos ya sea por un servicio o por un bien para satisfacer las necesidades básicas, es por eso que es sumamente importante saber qué papel debemos de ejecutar y como llevarlo a cabo para no tener conflictos. En el área laboral es importante saber los tipos de contratos que hay para realizarlos de una manera favorable que beneficie las dos partes y todos los negocios o acuerdos queden satisfactoriamente.

    Los diferentes tipos de contratos que existen, sus características y que los distingue a cada uno, el cual por la utilización que tienen se diferencian en su clasificación.
    Así también como el derecho toma de todos los factores un modo de equidad entre ambas partes para poder tener un cierto orden en cuanto a contratos, tratados o acuerdos y que todo actue favorablemente.

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  7. un contrato es una relación que existe entre 2 o mas personas,estos a su vez se pueden clasificar en 2,de acuerdo a su propósito o finalidad y de acuerdo a su relación con otros contratos.
    Con respecto a su relación con otros contratos son: Contratos unilaterales y bilaterales,Contratos onerosos y gratuitos,Contratos solemnes, etc...De acuerdo a su propósitoencontramos a los Contratos preparatorios, traslativos de dominio,Traslativos de uso,de prestación de servicios, de comprobacion juridica, de garantias y aleatorios.

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  8. Los contratos se pueden clasificar de diversas maneras según sea el propósito que tenga cada uno, un contrato es un acuerdo entre dos o más personales en las cuales se establecen ciertas cláusulas sobre algún tema en específico ya que todo prestador de servicios debe realizar contratos para que sus clientes se sientan seguros de lo que estan comprando y en caso de haber algun error poder repararlo de acuerdo a como este establecido en el contrato.

    Los contratos deben llevar ciertos requisitos que son de mucha importancia para dar seguridad a la otra persona y consumir el bien o servicio que se este requiriendo.

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